Cantante Alemana: condena a dos años de prisión por no decir a sus parejas que esta infectada con VIH

La cantante Nadja Benaissa, cantante Alemana, fue condena a dos años por no informar a tres amantes  que tenia VIH.La demanda la interpuso su ex-manager. ¿Que les parece se quedó calladita?. Como dice un dicho: Caras vemos corazones no sabemos....


La condena a una cantante por no decir a una pareja que tenía VIH reabre el debate entre el derecho a la privacidad y a la salud.





Una cantante alemana, Nadja Benaissa, ha sido condenada a dos años de prisión por no informar a tres amantes de que está infectada por el VIH, el virus que causa el sida. La mujer fue denunciada por su ex agente, con quien se acostó cuando tenía 17 años. Es la última persona de la que se sabe que ha sido condenada por transmitir el VIH. Pero no es la única. Desde 1980, cuando se detectó el virus, ha habido numerosos procesos.

La ONU defiende que no se persiga legalmente a quien transmite el virus, En España no avisar puede ser castigado como un delito de lesiones. No es lo mismo una relación de una noche que una estable.En España se calcula que hay unas 3.000 infecciones al año.

Y, lo que parece que es jurisprudencia mayoritaria, implica que una persona con VIH debe avisar a sus parejas de que está infectado. De hecho, en ese principio se basan las sentencias que ha habido hasta ahora, y no solo en Alemania.

La abogada Montserrat Mirabet, que asesora al Observatorio de Derechos Humanos de la Red2002, una confederación de organizaciones de infectados y afectados por el VIH que se puso en marcha con motivo de la Conferencia Mundial sobre el Sida de Barcelona 2002, aporta dos sentencias como ejemplos. En una, de 1996, un hombre fue condenado a un año de cárcel y a pagar 10 millones de pesetas (60.000 euros) a una mujer con la que tuvo relaciones sin avisarle de que tenía el VIH y sin tomar precauciones. De ellos, millón y medio eran por la transmisión en sí, el resto, en prevención al futuro daño que la persona infectada podía esperar, sobre todo teniendo en cuenta que en aquella época se trataba de una infección que tenía una evolución muy grave. En la otra, de 1995, se condena a una mujer a seis años de prisión y a pagar 100.000 euros a un hombre.

Las dos "son de los noventa, pero seguro que hay otros casos en los tribunales de primera instancia", afirma Mirabet. Otra cosa es que, teniendo en cuenta lo que se sabe ahora de la infección y de las posibilidades de los tratamientos -que, aunque no curan, reducen mucho los efectos del virus, hasta el punto de que en los países ricos se habla ya sin tapujos de la enfermedad como de una dolencia crónica-, las condenas que se puedan poner ahora sean menores. Pero, en cualquier caso, "la base jurídica está clara: se trata de un delito de lesiones", afirma la abogada.

Pero el debate -y la inquietud de los afectados y quienes temen que este tipo de sentencias aumenta la persecución y la marginación de los infectados- no se cierra con una sentencia. "En este asunto entran en conflicto dos derechos: el de la intimidad del infectado, y el de la salud de su pareja". Y, en caso de conflicto, el segundo debe prevalecer, indica Mirabet. ¿Quiere eso decir que hay que estar contando al primero con el que uno se acuesta, y en cualquier caso, el estado de salud? Aquí la abogada establece un primer matiz: "Hay que tomar precauciones para no infectar, pero no hay que avisar", dice, trazando una fina línea.

Pero esta claridad encuentra enseguida matices, porque si no hay dos personas iguales, menos lo son las relaciones sexuales, en las que intervienen por lo menos dos personas. Fuentes jurídicas coinciden en que "si hay transmisión deliberada, hay delito", pero advierten de que eso es muy difícil de demostrar, y, más aún, de identificar al transmisor. Y señalan que la vía judicial no debe ser la solución para estos casos. Si todo el que se infecta fuera a juicio, eso supondría más de 3.000 pleitos al año en España.

Y en estos casos hay un factor que "parece que nadie ha tenido en cuenta", afirma Mirabet: que el derecho a la salud "a quien primero obliga es a uno mismo". Es decir, que si tener una relación más o menos estable con alguien y no decirle que se tiene VIH es "una muestra de falta de confianza o de ética en las relaciones personales", tampoco la otra persona debería sentirse solo víctima. "Estaba en su mano preguntar o tomar medidas, por si acaso, sobre todo al principio", dice la abogada.

En este equilibrio entre dos derechos (intimidad y salud) se plantea otra pregunta: ¿debe tratarse igual a una persona que no le dice a otra que está infectada por miedo, por vergüenza, o por otras causas, o si lo oculta a propósito con ganas de hacer daño? El responsable del Plan Nacional de Sida español, Tomás Hernández, lo tiene claro: "La ONU dice que no se debe perseguir la transmisión accidental". "Y la transmisión intencionada es excepcional", añade rápidamente.

Además, el tema tiene más matices. La presidenta de la Coordinadora Estatal de VIH-sida (Cesida), la mayor organización de su campo en España, Udarriaga García, cree que no es lo mismo ocultar el estado en una relación estable que en una esporádica. En el primero de los casos, "si me acuesto con alguien sabiéndolo y no pongo barreras o no se lo digo tengo más responsabilidad", dice García. En ese caso parece claro que informar a la otra parte es un "imperativo ético", apunta Mirabet. "No comunicarlo es un abuso de confianza, y debe haber una protección legal para la persona a la que no se ha dado información", añade el coordinador del Observatorio de Derechos Humanos de la Red2002 Joan Bertran.

Otra cosa es qué sucede en relaciones esporádicas, de una noche. Aquí es más difícil que los expertos sean tajantes. "Hay demasiados factores", indica la presidenta de Cesida. "¿Dónde está la responsabilidad de cada uno?", se pregunta. "Es difícil manejar el momento, hacer balance entre el placer y el riesgo para uno o para los demás", indica. Y hay otros elementos, como que se haya tomado alcohol o alguna droga antes, durante o para establecer la relación. U otros condicionantes. "Pongamos un caso como el mío. Crecí en una familia católica, en un entorno en el que me explicaron que era culpa mía tener el VIH, que me lo había ganado", dice Udarriaga García. Obviamente, señala García, quien no haya hecho "el proceso que hice yo para no pensar que soy una cabrona por tener el virus" puede tener más difícil comunicarle a una pareja su situación, indica.

Por eso cree que criminalizar a personas que hayan podido tener relaciones sin protección sabiendo que son seropositivas no ayuda. "De haberla encarcelado será como retroceder 15 años", afirma. Esa palabra, criminalización (que afecta al transmisor) es la que más preocupa a los activistas. Y a los juristas. "El Código Penal no puede ser la solución", indican fuentes jurídicas consultadas.

Bertran recuerda en primer lugar que "Onusida es tajante en que no se debe criminalizar la transmisión. Puede ser perjudicial no solo para las personas, sino para las campañas de Salud Pública, ya que fomentará el miedo, el estigma de los afectados y la discriminación".

El secretario del Plan Nacional sobre el Sida, Tomás Hernández, coincide. Claro que cuando Hernández habla de criminalización no lo hace en sentido figurado. Se refiere a una persecución policial, como a los criminales. En concreto, a que haya leyes que fijen una figura penal específica para quien transmita el VIH. Es a eso a lo que se opone Onusida. Y añade otra consideración: "Sobre todo cuando se oculta la situación [de infectado] por miedo". "En ese caso está clarísimo" que no puede perseguirse el no decirlo, dice.

Jugando a la justicia-ficción, se plantean muchos aspectos que quizá son los que ha tenido en cuenta el tribunal alemán para condenar a Nadja a solo dos años de cárcel que no tendrá que cumplir. La mujer tuvo relaciones con su agente, y su futura carrera musical dependía de este. Es solo un ejemplo de las muchas situaciones en las que una persona puede preferir callar y confiar en que no va a pasar nada (miedo a ser rechazado, a perder un trabajo, a quedarse sin pareja).


Otra cosa, señala Hernández, es lo que él denomina "criminalización social". Él caracteriza esta actitud por "intentar buscar la solución a las infecciones en los tribunales, hacer juicios paralelos en los medios, tratar a los infectados como posibles criminales y cargarlos de connotaciones morales negativas". "Esto desde luego sería un paso atrás; dificulta la prevención y promueve el miedo y el estigma", afirma Hernández. Por eso él cree que, más que llevar los casos -salvo que haya mala intención- a los tribunales, lo que hay que hacer es "lo que se sabe que funciona: potenciar la prevención, hacerse la prueba, luchar contra la discriminación y defender los derechos humanos".


Además, por si la situación no fuera lo suficientemente complicada, la presidenta de Cesida destaca que cada vez se encuentra más casos de personas que se acogen a lo que ella llama "la declaración de Suiza". Se refiere Udarriaga a que las autoridades sanitarias de ese país fueron las primeras, hace ya tres años, en indicar que el riesgo de transmisión del VIH a partir de una persona que toma la medicación y tiene su infección controlada (lo que técnicamente se llama con carga viral indetectable, es decir, sin virus circulante en la sangre) era prácticamente nulo. Una afirmación que este año ha sido confirmada por estudios aparecidos en The Lancet y en el British Medical Journal, este último con datos españoles. ¿Habría que avisar también entonces, cuando no hay riesgo apreciable de transmisión?

Es uno de los modernos retos de la prevención. "Una mujer que yo conozco decidió después de más de 10 años casada aplicarse la declaración de Suiza. Lo habló con su marido y él dejó de usar preservativo. Después de tanto tiempo, estaban hartos. Llevan así tres años; él se hace la prueba cada seis meses y todo va bien", dice. "Pero cuando lo contó en su hospital la miraron como si fuera una asesina en potencia".

Bertran cree que, de todos los comportamientos posibles, la frontera está "en el dolo [legalmente, la mala intención]". "El asunto está sin resolver", admite. Además, el activista apunta a otro aspecto que, aplicando este tipo de políticas represivas, podrá ser sancionable. "¿Qué pasa con quien transmite el virus porque se ha negado a hacerse la prueba? ¿Esa persona también tiene responsabilidad?".

Para Bertran, además, que se haga público un caso de transmisión de VIH y no los de otras enfermedades es una prueba más de que el caso del sida todavía despierta muchos morbos y muchos recelos. "¿Qué pasa con otras enfermedades tan o más graves actualmente como la hepatitis C?", se pregunta.

La abogada Mirabet coincide en que el VIH se trata de una manera especial, pero recuerda que las leyes que sancionan la transmisión de enfermedades son, en España, anteriores a la aparición del virus. "Se dictaron para tratar las enfermedades venéreas", aclara.

En lo que todos coinciden es en que se trata de un problema "que no está resuelto", "que hay que debatir". "Hay mucho miedo, mucho estigma, muchos prejuicios, y faltan herramientas para que una persona pueda comunicar su seroestatus a la pareja", dice Bertran.

En medio de todas las dudas que el tema suscita, hay, al final del discurso de todos los consultados, un punto de acuerdo: "No se puede descargar la responsabilidad en exclusiva en la persona con VIH. El otro miembro de la pareja también la tiene, sobre su salud y la de los demás. Por eso a mí me gusta hablar de corresponsabilidad", zanja el responsable del Plan Nacional sobre Sida. La palabra la repiten como un mantra Bertran, Udarriaga y Mirabet. Porque la prevención es cosa de dos, y, como señala Udarriaga, no parece muy coherente "tener relaciones sin precaución y luego pedir explicaciones".

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